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Nissan Plus (N-PLUS) es un obsequio para los clientes RentiCar, que incluye servicios adicionales o complementarios a los ofrecidos en la póliza todo riesgo, los cuales tienen una vigencia anual para cada año del servicio de Renting. Una vez activada la cobertura, podrán solicitar ante IKÉ hasta dos servicios al año por asistencia excepto la asistencia de orientación telefónica veterinaria, frente a la cual solo se podrá solicitar un servicio al año. Únicamente para el vehículo Nissan por RentiCar.

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Conductor
profesional

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Grúa para
mantenimiento

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Médico a
domicilio

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Orientación
telefónica veterinaria

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Mensajería por
pérdida de llaves
del vehículo

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TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
ASISTENCIA N-PLUS

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*En el presente documento, se fijan los Términos y Condiciones que regirán el uso del servicio de asistencia Nissan Plus (N-Plus); se entiende que al suscribir la carta de presentación de las asistencias, el usuario conoce, entiende y acepta la información contenida en los presentes términos y condiciones.

El Usuario acepta que la prestación de los servicios aquí descritos, obtenidos en TALLERES AUTORIZADOS S.A o en DISTRIBUIDORA NISSAN S.A., se efectúe a través de IKÉ ASISTENCIA COLOMBIA S.A., en adelante IKÉ.

Las asistencias que a continuación se describen están limitadas por el ámbito territorial estipulado en el Título 5 del presente documento.

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DEFINICIONES

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Usuario: Persona natural o jurídica, mayor de 18 años, que siendo cliente de TALLERES AUTORIZADOS Y DISTRIBUIDORA NISSAN S.A, haya obtenido el servicio de asistencia N-Plus de acuerdo con los términos y condiciones aquí indicados.

Límite de Eventos: Cantidad de asistencias a la cual tiene derecho el usuario dentro de la vigencia especificada en el detalle de las condiciones de prestación de cada servicio de asistencia contados a partir de la fecha de suscripción del contrato de renticar.

Red de Proveedores: Son los proveedores de servicios, de diferentes especialidades, con los cuales IKÉ ASISTENCIA ha establecido convenios para la prestación de los servicios relacionados en este documento.

Monto Límite: El valor máximo al que puede acceder el usuario dentro de una asistencia o evento, especificado en el detalle de las condiciones de prestación de cada servicio de asistencia.

Talleres Autorizados y Distribuidora Nissan: Sociedades Comerciales que otorgan los servicios de asistencia y que sirve de canal de comunicación entre el USUARIO e IKÉ.

Situaciones de emergencia: Cualquier suceso, acontecimiento, situación o hecho de los descritos en el presente documento generado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente, que le otorgue el derecho al usuario a recibir los Servicios de asistencia, siempre que los mismos hayan tenido lugar durante el período de vigencia y en las ciudades consignadas en el Ámbito Territorial y perímetro urbano.

Horario Hábil: lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm

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SERVICIONS QUE INCLUYE
LA ASISTENCIA GRATUITA

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A. CONDUCTOR PROFESIONAL

En caso de que el usuario se encuentre imposibilitado para conducir el automóvil a consecuencia de accidente o enfermedad, IKÉ ASISTENCIA COLOMBIA S.A. coordinará y realizará el seguimiento y envío de un conductor (proveedor de la red), el cual lo asistirá y llevará al usuario a su vivienda o a cumplir la cita médica. Condiciones adicionales del servicio:

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1.

El servicio se debe solicitar con mínimo 4 horas de antelación y no es posible modificar su ubicación, destino y hora programada.

2.

El usuario tendrá un límite de 2 eventos por vigencia.

3.

Máximo podrá utilizar 2 servicios por día.

4.

La prestación de cada servicio agota un evento.

5.

No incluye servicios adicionales ni tiempo de espera.

6.

Cada evento se presta en un solo trayecto

7.

El conductor no realizará paradas adicionales y solo esperará 15 minutos a partir de la hora programada.

8.

Los documentos del vehículo (tarjeta de propiedad, SOAT vigente, revisión técnico mecánica vigente) deben estar al día y a disposición inmediata del conductor profesional, en caso contrario no se prestará el servicio.

9.

El servicio no se hace responsable de los objetos que se encuentren dentro del vehículo.

10.

El servicio se prestará las 24 horas del día y los 365 días del año, sin embargo, el usuario conoce que en el horario de 7:00 pm a 5:00 am se presentan restricciones de acuerdo con lo relacionado en el título 5 de presente documento (ámbito territorial) las cuales acepta.

11.

El servicio no será prestado en los horarios o según las restricciones de pico y placa del vehículo.

12.

El servicio será prestado en una distancia máxima de 10 kilómetros (en zona local, perímetro urbano) distancia contabilizada desde el punto de partida al punto de destino.

13.

El conductor profesional siempre realiza los traslados en compañía del usuario. Este servicio será prestado siempre al usuario de la asistencia, quien podrá ir acompañado, pero su presencia siempre será imprescindible.

14.

Este servicio no incluye traslados entre ciudades.

B. GRUA PARA MANTENIMIENTO

En caso de que el Usuario programe cita en el Taller de Nissan para realizar el mantenimiento del vehículo, y requiera que el traslado sea realizado en grúa, el usuario debe solicitar este servicio a la línea de call center y se realizará el envío de una grúa hasta el lugar de residencia del usuario o su oficina para llevarlo hasta un taller Nissan. Además, se deben tener en cuenta estas condiciones:

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1.

El usuario tendrá un límite de 2 eventos por vigencia

2.

La prestación de cada servicio agota un evento.

3.

Solo se prestará un servicio por día.

4.

No incluye servicios adicionales ni tiempo de espera.

5.

Cada evento se presta en un solo trayecto (ida o vuelta al taller de la red autorizada de talleres Nissan más cercano)

6.

Los documentos del vehículo deben estar al día y a disposición inmediata del conductor de la grúa.

7.

El servicio de grúa, cuyo destino es el taller de la red autorizada de talleres Nissan se prestará en el horario hábil del taller.

8.

Fuera del horario hábil del taller, el vehículo tendrá como punto de partida el taller y como destino el parqueadero de residencia del usuario.

9.

El servicio de grúa debe ser solicitado con al menos seis (06) horas de anticipación.

10.

Este servicio no incluye traslados entre ciudades, solo en la ciudad donde se presenta la necesidad y hasta el taller NISSAN de la red de talleres autorizados más cercano dentro de esa ciudad.

11.

El servicio será prestado en una distancia máxima de 10 kilómetros (en zona local, perímetro urbano) distancia contabilizada desde el punto de partida al punto de destino. (Lugares que deben coincidir con el lugar de residencia/ parqueo del usuario y el taller más cercano de la red de talleres autorizados Nissan.).

C. MÉDICO A DOMICILIO

En caso de que el Usuario presente una emergencia médica, a consecuencia de enfermedad, lesión súbita o traumatismo que no requiera ser tratada en un centro asistencial y que amerite la visita presencial de un profesional médico, IKÉ prestará el servicio de coordinación logística y monitoreo de un médico, con el fin de asistir al Usuario en la comodidad de la residencia (inmueble registrado) dentro del perímetro urbano de las ciudades principales. El servicio está sujeto a previo criterio y autorización del médico del call center.

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Exclusiones Generales a la Asistencia Médica:

No se realizan diagnósticos definitivos.

No se cambian protocolos de tratamiento.

No incluye curaciones.

No incluye el costo ni la aplicación de otros medicamentos diferentes a los integrados en los grupos mencionados: antiinflamatorios, analgésicos, antiespasmódicos, antipiréticos, antihistamínicos.

No incluye toma de muestras de laboratorios.

No incluye la asistencia por especialistas.

No incluye movilización del paciente.

No incluye accidentes causados por estados patológicos producidos de manera intencional, o por la ingestión o administración de tóxicos (drogas), embriaguez, narcóticos o por la utilización de medicamentos sin prescripción médica.

No incluye suicidio, intento de suicidio y las lesiones resultantes del mismo.

No incluye la participación del usuario en carreras de autos u otros deportes extremos de alto riesgo o peligrosos.

No incluye autolesiones o la participación del usuario en actos criminales o su participación en combates. Salvo el caso de defensa propia.

No incluye enfermedades mentales o alienación.

El servicio no se prestará cuando el usuario no se identifique como adquiriente del plan Nissan Plus.

El servicio no se prestará cuando el usuario no brinde a la línea de atención el número de documento de identificación.

El servicio no se prestará cuando no se presten las condiciones de acceso al lugar de prestación.

El servicio no se prestará cuando la carretera tenga restricción horaria de tránsito, sea carretera destapada, se trate de barrios marginales o haya construcciones en la vía.

El servicio no se prestará cuando se trate de una zona que esté determinada por las entidades competentes como zonas rojas.

El servicio no se prestará cuando se trate de lugares diferentes a aquellos que se encuentran cubiertos según el ámbito territorial, donde IKE no cuente con la red de proveedores para poder prestar el servicio.

No incluye los eventos que tuviesen origen o fuesen una consecuente directa o indirecta de los fenómenos de la naturaleza de carácter catastrófico, tales como inundaciones, terremoto, maremoto, granizo, vientos fuertes, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, caídas de cuerpos siderales y aerolitos.

No incluye los eventos que tuviesen origen o fuesen una consecuente directa o indirecta de la guerra, guerra civil, conflictos armados, sublevación, rebelión, sedición, actos mal intencionados de terceros, motín, huelga, desorden popular, terrorismo y otros hechos que alteren la seguridad interior del Estado o el orden público.

El servicio no se prestará cuando se decrete oficialmente por los organismos de salud Nacionales o Internacionales una situación de riesgos para la salud ya sea de manera enunciativa más no limitativa: epidemia, pandemia y/o cualquier declaratoria de riesgo para la prevención, contención o atención a enfermedades altamente contagiosas.

El usuario tiene un límite de 2 eventos por vigencia.

D. ORIENTACIÓN TELEFÓNICA VETERINARIA

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IKÉ brindará a solicitud del Usuario una orientación médica veterinaria telefónica al año para la mascota registrada, la cual podrá solicitar dentro de las 24 horas los 365 días del año. En la línea de asistencia un médico veterinario le atenderá, orientará en los procedimientos a seguir según la sintomatología manifestada y orientará en las conductas provisionales que se deben asumir mientras el usuario hace contacto profesional veterinario por su cuenta.

Límite de Eventos: Hasta un límite de 1 Evento por vigencia.

E. MENSAJERÍA POR PÉRDIDA DE LLAVES DEL VEHÍCULO

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En caso de extravío de las llaves del vehículo o de quedarse éstas dentro del vehículo del usuario, se pondrá a disposición el servicio de mensajería para recoger el duplicado de estas en el lugar que indique el usuario.
Condiciones adicionales del servicio:

El duplicado de las llaves debe ser entregado por una persona mayor de edad.

Este servicio se prestará dentro del perímetro urbano, en las ciudades estipuladas en el ámbito territorial.

El proveedor no tendrá acceso al interior de la vivienda.

No se hará traslado de ningún otro elemento.

No incluye servicios adicionales ni tiempo de espera.

El usuario tendrá hasta un límite de 2 Eventos por vigencia

La prestación de cada servicio agota un evento.

El servicio será prestado en una distancia máxima de 15 kilómetros (en zona local, perímetro urbano) distancia contabilizada desde donde se encuentran las llaves hasta donde se produce la entrega de estas.

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EXCLUSIONES GENERALES A LAS ASISTENCIAS NISSAN PLUS

El usuario deberá tener en cuenta las siguientes exclusiones a la hora de solicitar el servicio, las cuales declara conocer y entender. Las exclusiones a los servicios son:

  • No incluye servicios adicionales ni horas de espera.
  • Estos servicios se prestan sólo para automóviles livianos particulares. Quedan excluidas los vehículos cuyo peso sea mayor a 3.5 toneladas, y los vehículos de servicio público destinados al transporte de pasajeros y mercancías, los vehículos utilizados para competencias o vehículos arrendados.
  • No estará cubierta en ninguna circunstancia la carga transportada, ni los elementos, equipos o elementos personales que sean dejados al interior del vehículo durante la prestación del servicio.
  • Cuando el vehículo no tenga los documentos obligatorios en regla (tarjeta de propiedad, SOAT vigente, revisión técnico mecánica vigente). no se prestarán las asistencias.
  • Las solicitudes de servicios estarán limitadas o restringidas para vehículos que al momento de la ocurrencia del hecho o suceso, se encuentren en restricción de pico y placa y/o cualquier otra restricción que la respectiva administración municipal o nacional llegue a implementar, para limitar la circulación de vehículos en cualquier ciudad o localidad del país y que sea objeto de la asistencia. No se prestarán las asistencias para vehículos que, al momento de la ocurrencia del suceso, situación o hecho, suministren datos errados o confusos que no permitan la eficiente prestación del servicio de asistencia del vehículo.
  • No se prestarán las asistencias en carreteras con restricción horaria de tránsito, carretera destapada, barrios marginales, construcción en vías.
  • No se prestarán las asistencias en lugares diferentes a cobertura ámbito territorial, donde IKÉ no cuente con la red de proveedores para poder prestar el servicio.
  • En ningún caso, IKÉ, Talleres Autorizados S.A. o Distribuidora Nissan S.A. cubrirán los gastos en qué incurra el Usuario por concepto de:
    • - Gasolina consumida durante el periodo de la eventualidad.
    • - Hurto parcial o total del vehículo durante la eventualidad.
    • - Hurto de elementos que se hayan quedado al interior del vehículo.
    • - Cualquier daño o perjuicio que sufra el vehículo.
    • - Impuestos que recaen sobre el vehículo y que se encuentran a cargo del usuario.
    • - Comparendos o multas por conductas no atribuibles a IKÉ, Talleres Autorizados S.A. o Distribuidora Nissan S.A.
  • No se prestarán las asistencias cuando el Usuario no se identifique como adquiriente del programa Nissan Plus.
  • No se prestarán las asistencias cuando el Usuario no brinde a la línea de atención el número de documento de identificación del Usuario.
  • No se prestarán las asistencias cuando no se presten las condiciones de acceso al lugar de prestación del servicio.
  • No se prestarán las asistencias en zonas que estén determinadas por las entidades competentes como zonas rojas.
  • No se prestarán las asistencias en lugares diferentes a aquellos determinados en el ámbito territorial, ni donde IKÉ no cuente con la red de proveedores para poder prestar el servicio.
  • No se cubrirán los daños causados por mala fe del Usuario.
  • No se prestarán las asistencias cuando se decrete oficialmente por los organismos de salud Nacionales o Internacionales una situación de riesgo para la salud ya sea de manera enunciativa mas no limitativa: epidemia, pandemia y/o cualesquier declaratoria de riesgo para la prevención, contención o atención a enfermedades altamente contagiosas. Los fenómenos de la naturaleza de carácter catastrófico tales como inundaciones, terremoto, maremoto, granizo, vientos fuertes, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
  • No se prestarán las asistencias cuando la situación tuviese origen o fuese una consecuencia directa o indirecta de guerra, guerra civil, conflictos armados, sublevación, rebelión, sedición, actos mal intencionados de terceros, motín, huelga, desorden popular, terrorismo y otros hechos que alteren la seguridad interior del Estado o el orden público.
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OBLIGACIONES DEL “USUARIO”

  • En caso de peligro de la vida:
    En situación de peligro de muerte, el Usuario o su representante deberán actuar siempre con la máxima celeridad, para organizar el traslado del herido o enfermo al hospital más cercano del lugar donde se haya producido el accidente o enfermedad, con los medios más inmediatos y apropiados o tomar las medidas más oportunas, ya que mediante las presentes asistencias no se cubren emergencias, traslado hospitalario, situaciones de crisis ni eventos vitales.
  • Cumplimiento de la Cita Programada:
    En el evento que la visita del proveedor (Red de proveedores IKÉ) resulte fallida por causa de suministro de información errónea por parte del Usuario al momento de solicitar la prestación de la asistencia o si el Usuario no comunica la cancelación de la asistencia programada dentro de los 15 minutos siguientes a la coordinación del servicio, se catalogará incumplimiento de la cita y se agotará un evento del servicio solicitado.
  • Pago de excedentes:
    En caso de aplicar, el valor adicional de las asistencias que superen el monto límite determinado para cada asistencia (por kilómetros o según lo establecido en cada asistencia) deberá ser cancelado por el cliente. El valor de la asistencia se le informará al cliente al momento de la llamada.
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NORMAS GENERALES

  • Mitigación.
    El Usuario Nissan, su representante o familiar, está obligado a mitigar o limitar los efectos de las situaciones de emergencia.
  • Prescripción de las Reclamaciones.
    Cualquier reclamación relativa a una situación de asistencia deberá ser presentada dentro de los treinta (30) días calendario posteriores al de la fecha en que se produzca. Las reclamaciones instauradas con posterioridad a 30 días calendario serán resueltas como no procedentes, prescribiendo cualquier acción legal transcurrido dicho plazo. Las reclamaciones podrán ser radicadas en el correo a servicioalcliente@dinissan.com.co
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ÁMBITO TERRITORIAL

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Los servicios de asistencia anteriormente señalados serán prestados únicamente dentro del casco urbano de las siguientes ciudades: Bogotá D.C, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Pereira, Manizales, Armenia, Cartagena, Santa Marta, Montería, Sincelejo, Tunja, Ibagué, Popayán, Villavicencio y Palmira.

El usuario acepta y reconoce que hay determinadas zonas dentro de dichas ciudades que son consideradas de alto riesgo, por lo tanto, la prestación del servicio se encuentra limitada en el horario de 7:00 PM a 5:00 AM a que IKÉ ASISTENCIA confirme que el mismo puede ser prestado; la confirmación de la prestación del servicio según la ubicación se realizará dentro de la llamada que realice el Usuario. IKÉ ASISTENCIA se compromete a que dentro de sus posibilidades brindará el servicio solicitado, sin embargo, de existir imposibilidad jurídica y/o material se abstendrá de prestar el servicio sin que eso implique un incumplimiento de IKÉ ASISTENCIA ni de TALLERES AUTORIZADOS. El usuario manifiesta que conoce esta situación y que la acepta con la firma de la carta de presentación de las asistencias.

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SOLICITUD DEL SERVICIO - ASISTENCIA

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  1. En caso de una situación que requiera una de las asistencias aquí descritas y antes de iniciar cualquier acción, el Usuario debe conocer las líneas donde deberá llamar para solicitar los servicios de asistencia. En Bogotá a la línea 4866870 o la línea a nivel nacional 01 8000423854 opción 6, adicional debe tener claro que deberá facilitar la información necesaria para la prestación, a continuación, se enlista los datos iniciales:
    • f) Placa del vehículo
    • g) Número de identificación y nombre del usuario.
    • h) Número telefónico de contacto.
    • i) Asistencia que precisa
    • j) Demás información necesaria de acuerdo con el servicio.
  2. Con los datos suministrados por el Usuario, IKÉ procede a buscar un proveedor que reúna las cualidades técnicas para la prestación del servicio. Una vez coordinado el servicio, se envía un mensaje de texto al celular indicado por el Usuario confirmando el servicio.
  3. Cumplimiento de la Cita Programada: En el evento que la visita del proveedor resulte fallida por causa de suministro de información errónea por parte del usuario al momento de solicitar la prestación del servicio o si el usuario no comunica la cancelación del servicio programado dentro de los 15 minutos siguientes a la coordinación del servicio, se catalogará incumplimiento de la cita y se agotará un evento del servicio solicitado.
  4. Contar con los documentos obligatorios en regla, estos son tarjeta de propiedad, SOAT vigente, revisión técnico mecánica vigente.
  5. Las asistencias aquí descritas, cuentan con un periodo de vigencia de 1 año para el consumo de cada uno de los servicios, según la fecha en la que se adquiera.
  6. Si durante el monitoreo que hace IKÉ del servicio, se presenta algún inconveniente que afecte la prestación de este, se realizará un reporte automático por parte del coordinador al área de calidad de IKÉ para contactar al usuario y darle el tratamiento correspondiente a la incidencia.
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EXCLUSIONES PARA LA ASISTENCIA

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El usuario deberá tener en cuenta las siguientes exclusiones a la hora de solicitar el servicio, las cuales declara con la firma del presente documento conocer y entender. Las exclusiones a los servicios son:

  • • No se incluyen servicios adicionales ni tiempo de espera.
  • • El valor adicional de los eventos que superen el monto límite determinado para cada asistencia deberá ser cancelado por el cliente. El valor de la asistencia se le informará al cliente al momento de la llamada.
  • • No estará cubierta en ninguna circunstancia la carga transportada, ni los elementos, equipos o efectos personales que sean dejados al interior del vehículo durante la prestación del servicio.
  • • Cuando el vehículo no tenga los documentos obligatorios en regla (tarjeta de propiedad, SOAT vigente, revisión técnico mecánica vigente).
  • • Las solicitudes de servicios para vehículos que, al momento de la ocurrencia del hecho o suceso, se encuentren en restricción de pico y placa y/o cualquier otra restricción que la respectiva administración municipal o nacional llegue a implementar, para limitar la circulación de vehículos en cualquier ciudad o localidad del país y que sea objeto de la asistencia.
  • • Las solicitudes de servicios para vehículos que, al momento de la ocurrencia del suceso, situación o hecho, suministren datos errados o difusos que no permitan la eficiente prestación del servicio de asistencia del vehículo.
  • • Carretera con restricción horaria de tránsito, carretera destapada, vías en construcción.
  • • Cuando no se presten las condiciones de acceso al lugar de prestación.
  • • Los servicios que el usuario haya contratado por su cuenta sin el previo consentimiento y autorización dada por IKÉ.
  • • En lugares diferentes a cobertura ámbito territorial, donde IKÉ no cuente con la red de proveedores para poder prestar el servicio.
  • • Daños causados por mala fe del usuario.
  • • Los fenómenos de la naturaleza de carácter catastrófico tales como inundaciones, terremoto, maremoto, granizo, vientos fuertes, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
  • • Los que tuviesen origen o fuese una consecuencia directa o indirecta de guerra, guerra civil, conflictos armados, sublevación, rebelión, sedición, actos mal intencionados de terceros, motín, huelga, desorden popular, terrorismo y otros hechos que alteren la seguridad interior del Estado o el orden público.
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TERMINACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIAS

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El servicio de asistencia gratuita podrá terminar de dos (2) maneras:
1. NORMAL:
Se presenta cuando culmine el término de vigencia de un año.

2. ANTICIPADA:

  • A. Terminación anticipada por conveniencia: Por cualquiera de las partes en cualquier tiempo sin que medien circunstancias especiales, con el solo aviso escrito a la otra Parte con sesenta (60) días calendario de anticipación.
  • B. Las Partes podrán dar por terminada su relación por mutuo acuerdo escrito firmado por las Partes.
  • C. En cualquier tiempo, por cualquiera de las partes por justa causa, sin indemnización alguna a favor de la otra, en caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo de estas, previa notificación por escrito en la cual se establezcan las causas de la terminación.
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DEMÁS CONDICIONES ESPECIALES

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  • En caso de que IKÉ ASISTENCIA COLOMBIA no haya encontrado en su sistema la placa del vehículo y haber agotado todas las instancias, se le comunicará al usuario que los datos suministrados no se encuentran registrados en el sistema, en tal sentido, puede tomar y pagar directamente el servicio y el siguiente día hábil el área encargada de TALLERES AUTORIZADOS Y DISTRIBUIDORA NISSAN S.A se comunicará con él para aclarar la situación. En caso de procedencia a su favor TALLERES AUTORIZADOS Y DISTRIBUIDORA NISSAN le comunicarán el procedimiento para el reembolso de su dinero
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SALVEDADES FINALES

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TALLERES AUTORIZADOS S.A. y DISTRIBUIDORA NISSAN S.A. se reservan el derecho de modificar en cualquier momento en todo o en parte cualquiera de los Términos y/o Condiciones contenidos en el presente documento; no obstante, será obligación de TALLERES AUTORIZADOS S.A. y DISTRIBUIDORA NISSAN S.A. poner en conocimiento del usuario oportunamente, aquellas modificaciones que en su caso pudieran afectar en la prestación de los servicios aquí descritos.

2

En ningún caso y bajo ninguna circunstancia TALLERES AUTORIZADOS S.A. y DISTRIBUIDORA NISSAN S.A. serán responsables ante el usuario por costos, gastos incurridos, demoras, daños y/o perjuicios derivados de la prestación de los servicios de asistencia prestados por IKÉ ASISTENCIA COLOMBIA S.A., lesiones o muerte de personas y/o pérdida total o parcial de su patrimonio, sus propiedades y/o cualesquiera bienes derivados de los servicios de asistencia.

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El usuario consiente, y está de acuerdo, en que IKÉ ASISTENCIA COLOMBIA S.A. podrá, a su entera discreción subcontratar en todo o en parte los servicios de asistencia con uno o más terceros; sin embargo, IKÉ ASISTENCIA COLOMBIA S.A. será responsable por el adecuado suministro de los servicios en los términos ya indicados, a excepción de los supuestos descritos en el presente documento.

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El usuario acepta que TALLERES AUTORIZADOS S.A. y DISTRIBUIDORA NISSAN S.A. en virtud de la gratuidad de la prestación del servicio y de que el mismo se encuentra prestado directamente por IKÉ ASISTENCIA, no responderá por los daños y/o perjuicios que se le puedan causar en uso de los mismos.